En la ciudad de La Plata la municipalidads piensa sancionar con 30 días de arrestos y multas de hasta los 200.000 pesos a aquellas personas que arrojen residuos domiciliarios, industriales o químicos en la vía pública, terrenos o cursos de agua. Además, se aplicarán duras penas para los que poden árboles sin autorización. y a aquellos vecinos que saquen la basura sin haber hecho la clasificación con el sistema de bolsas verdes y blancas.
El presidente de la Agencia Ambiental de la municipalidad, Sergio Federovisky, dijo: "El proyecto no busca recaudar dinero. Todo lo contrario: queremos instalar la idea de que hay que cuidar el medio ambiente y respetar las normas. Y, si eso no se cumple, habrá multas y sanciones severas".
El proyecto, cuyo borrador ya estaría casi listo para ser tratado en el Concejo Deliberante en las próximas semanas, incluye la creación del Juzgado de Faltas Ambientales y de la Patrulla Ambiental. "La Patrulla Ambiental ya está armada. Tenemos 12 integrantes que fueron seleccionados de un grupo de 350 aspirantes. Ahora se los está capacitando para que, cuando esté listo el código, puedan salir a controlar con más elementos", comentó Federovisky.
Hasta ahora, el proyecto contempla tres tipos de infracciones: leves, medias y graves según la magnitud del daño o peligro ambiental ocasionados. Además, consideraría la condición económica del infractor, su capacidad de enmendar la situación generada y el eventual carácter de reincidente. Por eso ante alguna falta menor o media, el código fija también como penas la realización de tareas comunitarias en caso de que el infractor no pudiera pagar la multa. Eso sí, esto lo deberá definir el juez contravencional que entenderá en el tema.
Entre otras penas también figuran la clausura de las fábricas que contaminen, la demolición y hasta el decomiso de materiales altamente contaminantes. Las sanciones de apercibimiento y trabajo comunitario de utilidad pública sólo podrán ser aplicadas como sustitutivas de la multa o arresto, siempre que no medie reincidencia del infractor.
Hasta ahora, el proyecto contempla tres tipos de infracciones: leves, medias y graves según la magnitud del daño o peligro ambiental ocasionados. Además, consideraría la condición económica del infractor, su capacidad de enmendar la situación generada y el eventual carácter de reincidente. Por eso ante alguna falta menor o media, el código fija también como penas la realización de tareas comunitarias en caso de que el infractor no pudiera pagar la multa. Eso sí, esto lo deberá definir el juez contravencional que entenderá en el tema.
Entre otras penas también figuran la clausura de las fábricas que contaminen, la demolición y hasta el decomiso de materiales altamente contaminantes. Las sanciones de apercibimiento y trabajo comunitario de utilidad pública sólo podrán ser aplicadas como sustitutivas de la multa o arresto, siempre que no medie reincidencia del infractor.
Es una buena medida para proteger el medio ambiente eso está claro, pero ¿antes no habría que pensar que en todos los barrios de la ciudad no se lleva a cabo todavía el proyecto de bolsas verdes y blancas? ¿realmente va a haber personal de la municipalidad controlando los residuos que se arrojan y que la cantidad de árboles que abundan en La Plata y sus alrededores no sean talados sin autorización?
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